
TRAZOS - AÑO VIII – VOL.II – DICIEMBRE 2024 - e-ISSN 2591-3050
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imputar al autor la acción. Esta condición está implícita en lo dicho anteriormente,
ya que se puede determinar que la raíz del reproche está en la libertad y voluntad
del ser humano que actúa por su propio albedrío en contra del plan divino y, por
analogía, en contra de la ley humana.
En conclusión, aunque San Agustín no desarrolla una teoría penal sistemática,
en De libero arbitrio es posible identicar elementos que permiten esbozar una
teoría del delito basada en la libertad humana. La acción, la antijuricidad y la
culpabilidad aparecen articuladas a partir de una concepción teológica del orden
y de la ley, donde el mal es entendido como privación del bien y el pecado como
un apartamiento de la voluntad divina. En este marco, la ley humana participa del
plan de Dios y su legitimidad depende de su adecuación a ese orden superior.
Esta perspectiva permite comprender la función de la pena como mecanismo de
corrección y redención.
Este análisis, más que buscar encajar las categorías de la teoría del delito
en el pensamiento agustiniano, busca mostrar cómo se empieza a congurar el
pensamiento occidental cristiano sobre la idea del crimen o el delito y la posibilidad
de responsabilizar al autor. El pensamiento agustiniano no realiza una propuesta
original en cuanto al análisis de las acciones moralmente reprochables, sino que
retoma la tradición losóca de la época. Sin embargo, lo original que aporta y
da forma a la idea del derecho penal y del ejercicio del poder en la Edad Media,
y que se instala en los discursos penales de nuestra época, es la idea de que el
hombre es libre de elegir el mal desde la voluntad, pero intelectualmente puede
comprender con la ayuda de Dios que ese accionar es malo.
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El fallo que tiene la voluntad, herida por el pecado original, puede curarse
(Fortin, 1996). De ello se desprende que es posible, a través de la evangelización
o, en términos penales, desde la pena, corregir el mal y conducir el alma a Dios.
O, analógicamente, volver al camino de la ley y reincorporarse al rebaño humano,
la sociedad.
5 En el libro 1 de De libre arbitrio el santo de Hipona asume una tarea aleccionadora de los premios y
castigos, como una suerte de encauzamiento de la voluntad errada del hombre, con el n del cumplimien-
to de la voluntad divina: El castigo adquiere sentido a partir de la conanza puesta en la razón del hombre
pecador, para poder entender que su camino no es el verdadero: Por eso no es de extrañar que los hombres
desventurados no alcancen lo que quieren, es decir, una vida bienaventurada, ya que, a su vez, no quie-
ren lo que le es inherente y sin lo cual nadie se hace digno de ella y nadie la consigue, a saber, el vivir
según la razón. Esto ha establecido con rmeza inconmovible aquella ley eterna, a cuya consideración es
ya tiempo que volvamos, a saber, que de parte de la voluntad esté el mérito, y que el premio y el castigo
consistan en la bienaventuranza y en la desventura. (Agustín, 2019c, #XV, 30)